Presidente del Gremio, Luis Conejeros, señaló que la Corte Suprema puede tener miles de estrategias comunicacionales, pero en su esencia, siguen estando al servicio de la defensa de los poderosos y de ellos mismos, y cada vez que han tenido que coartar la libertad de prensa para cumplir ese objetivo no han dudado en hacerlo. Nos presentan un fallo construido sólo para liberar al rostro que es Alejandro Guillier, pero que condena a los periodistas que hicieron el trabajo. Creen que si la sanción es sólo para los que hicieron el trabajo se evitarán el escándalo. Lo peor de todo es que se basan en una ley que ellos mismo dijeron que era equívoca e incompleta, como el 161A del Código Penal, aseguró el Colegio de la Orden, advirtiendo que a nuestro juicio este fallo debería ser analizado en instancias internacionales. El Colegio de Periodistas manifestó hoy su solidaridad con los periodistas de Chilevisión condenados ayer por la Segunda Sala de la Corte Suprema, que dio a conocer la sentencia definitiva en la investigación por infracción al Artículo 161 A del Código Penal en contra de un equipo periodístico de Chilevisión, por difundir una grabación del actual fiscal de la Corte de Apelaciones de Santiago, Daniel Calvo Flores, en la cual reconocía ser cliente de recintos de comercio homosexual mientras era el juez investigador del caso Spiniak. En fallo unánime la Corte Suprema absolvió al ex director de Prensa de la estación televisiva, Alejandro Guillier Álvarez, en tanto que confirmó las condenas a 61 días de presidio remitido al actual director de prensa de Chilevisión, Patricio Caldichoury Ríos, el periodista Fernando Reyes Amín y el productor Raúl Poblete Barrios. El Presidente del Colegio de Periodistas, Luis Conejeros, señaló que la Corte Suprema puede tener miles de estrategias comunicacionales, pero en su esencia, siguen estando al servicio de la defensa de los poderosos y de ellos mismos, y cada vez que han tenido que coartar la libertad de prensa para cumplir ese objetivo no han dudado en hacerlo. Ahora, aseguró el dirigente, nos presentan un fallo construido sólo para liberar al rostro que es Alejandro Guillier, pero que condena a los periodistas que hicieron el trabajo. Creen que si la sanción llega sólo a los que hicieron el trabajo se evitarán el escándalo. Lo peor de todo es que se basan en una ley que ellos mismos dijeron que era equívoca e incompleta, como el 161 del Código Penal, aseguró el Colegio de la Orden. Conejeros advirtió que a juicio del Colegio de Periodistas fallo debería ser analizado en instancias internacionales, como la Corte Interamericana de Derechos Humanos, porque aquí hay un atentado claro al ejercicio de un periodismo libre. Hay que recordar que la grabación en cuestión fue utilizada por los mismos tribunales para investigar, sancionar y remover de su cargo al entonces juez Calvo. Es decir, una grabación hecha por un equipo de prensa sirve para sancionar una conducta impropia de un juez de la República, pero al mismo tiempo se condena a los periodistas que descubren dicha situación. Es decir, el poder judicial reconoce que uno de los suyos actuó mal pero se sanciona a la prensa que hizo su trabajo al transparentarlo. Como muchos otros, hemos señalado que el Artículo 161A es una ley que atenta contra el ejercicio del periodismo y del derecho a la información, que nunca fue concebida para ser aplicada a periodistas y que el Parlamento está en deuda al no haber eliminado dicha disposición. Conejeros finalizó recordando que hace unos meses los jueces de la Corte Suprema querían prohibirle a los periodistas acercarse a ellos, como príncipes medievales. Tuvieron que dar pie atrás. Después la jueza que dejó escapar a Zakarach dictó una orden de no informar ilegal que tuvo que revertir en 24 horas. Ahora, con este fallo, el máximo tribunal del país simplemente sigue la misma doctrina oscurantista. |